Todos los años por estas fechas escuchamos las recomendaciones de las Administraciones Sanitarias sobre cómo actuar ante las altas temperaturas e incluso planes de acción dirigidos especialmente a los colectivos más vulnerables, pero nada se oye sobre los efectos de las altas temperaturas en relación con las condiciones de trabajo y la exposición al calor de las y los trabajadores.
Desde CCOO queremos alertar de la peligrosidad de las altas temperaturas en el lugar de trabajo y exige a las empresas que incluyan este riesgo laboral dentro de sus planes de prevención de riesgos laborales.
Desde la llegada del verano en nuestro país y en nuestra Comunidad se vienen produciendo unas importantes olas de calor que incrementan los riesgos para la salud y la seguridad de muchos colectivos de trabajadores/as. Por ello, no es aceptable considerar el calor extremo en el trabajo como algo inesperado, sino que debe estar previsto, pero no siempre las empresas están preparadas para evitarlos ni los trabajadores conocen sus derechos.
El riesgo de estrés térmico está presente en un abanico cada vez más amplio de ocupaciones y actividades que se realizan al aire libre y que requieren de un esfuerzo físico importante como los trabajos en obras de construcción, jardinería, mantenimiento de carreteras y vías urbanas, etc.. pero también en lugares de trabajo cerrados, especialmente en espacios industriales con procesos que aplican o generan calor, y cuyas condiciones ambientales empeoran en momentos de altas temperaturas externas, especialmente cuando las medidas de climatización se basan en hacer circular aire exterior, sin climatizarlo previamente.
CCOO de Madrid quiere recordar que es obligado, y de vital importancia, que cuando exista este riesgo la empresa lo tenga evaluado y adopte las actuaciones preventivas necesarias y adaptadas para las diversas situaciones de trabajo y las diferentes tareas, como parte de su plan de prevención. Este plan debe contemplar la formación y la información de trabajadores/as y mandos, las medidas organizativas necesarias para reducir la exposición como la rotación de trabajadores, la disminución de la carga de trabajo, la redistribución de la jornada y de las tareas, impulsar ciclos de trabajo-descanso y potenciar las pausas en ambientes frescos, con suministro de agua fresca, etc Además la empresa debe proporcionar al trabajador ropa adecuada, ligera, no voluminosa y que no dificulte sus movimientos y también cremas de protección solar, así como también la vigilancia y los primeros auxilios.
Es muy importante que los trabajadores y trabajadoras sepan reconocer los primeros síntomas de alerta, en ellos mismos o en sus compañeros, pues es imprescindible pedir asistencia médica urgente (avisar al 112) y adoptar medidas inmediatas para bajar la temperatura del cuerpo como colocar a la persona en un lugar fresco y ventilado, enfriar la piel poniendo compresas mojadas en agua fría (sobre todo en cuello, cabeza, axilas e ingles), retirar las prendas no necesarias y beber agua fresca a pequeños sorbos para hidratarse. Estas medidas pueden suponer la diferencia entre la muerte o salvar la vida.
Según el Ministerio de Sanidad existen varios estados que pueden alertarnos de padecer un golpe de calor, estos son:
1.- piel roja, caliente y seca acompañado de sed intensa y sequedad en la boca. Temperatura elevada (mas de 40º) y sudoración excesiva, sensación de calor sofocante.
2.- cansancio, debilidad muscular y calambres, dolor de cabeza, pulso fuerte y acelerado y dolores de estómago.
3.- agotamiento, mareos, desmayo, vértigo, nauseas y/o vómitos, confusión y desorientación, delirios, convulsiones.
Para la Secretaria de Salud Laboral de CCOO de Madrid, Carmen Mancheño, cuando los mecanismos fisiológicos de eliminación de calor son insuficientes y persiste la agresión térmica, la temperatura interna del organismo aumenta hasta que se produce el golpe de calor que es una condición muy peligrosa que puede ocasionar pérdida del conocimiento, daño cerebral irreversible y muerte y por tanto, es muy importante que se adopten las medidas preventivas necesarias para evitarlo, contando siempre con la participación de la representación de los trabajadores y trabajadoras.
CCOO pone a disposición de los representantes sindicales así como de todos los trabajadores y trabajadoras su equipo técnico en prevención para asesorarles en todo lo que necesiten en el teléfono 915365212 y en el e-mail: slmadrid@usmr.ccoo.es.
Decálogo para la prevención del golpe de calor en el trabajo
1. Identificar los colectivos con riesgo de exposición a altas temperaturas.
2. Evaluar el riesgo.
3. Incorporar las medidas preventivas en el plan de prevención.
4. Formar e informar a las y los trabajadores y a los mandos sobre el riesgo y las medidas preventivas adoptadas.
5. Incorporar las medidas organizativas necesarias para reducir la exposición como la rotación de trabajadores, la disminución de la carga de trabajo, la redistribución de la jornada y de las tareas, impulsar ciclos de trabajo-descanso y potenciar las pausas en ambientes frescos, con suministro de agua fresca, etc.
6. La empresa debe proporcionar a las y los trabajadores ropa adecuada, ligera, no voluminosa y que no dificulte sus movimientos.
7. Proporcionar cremas de protección solar en caso de exposición directa al sol.
8. Establecer y planificar la vigilancia de la salud y los primeros auxilios.
9. Entrenar a las trabajadoras y trabajadores expuestos sobre como reconocer los primeros síntomas de alerta de golpe de calor, en ellos mismos y en sus compañeros.
10. Contar con la participación de los trabajadores y trabajadoras y/o de sus representantes en la gestión del riesgo.