El calor es uno de los agentes físicos ambientales más comunes y que más puede afectar a los trabajadores/as, llegando a provocar situaciones muy graves. ¿Sabes cómo actuar en estos casos y que obligaciones tiene la empresa para protegerte?
El estrés térmico por calor es la carga de calor que las personas trabajadoras reciben y acumulan en su cuerpo, y depende de la interacción entre las condiciones ambientales del lugar de trabajo, la actividad física que se realiza y la ropa que porta la persona trabajadora.
Hay muchos puestos de trabajo en los que se trabaja a altas temperaturas. Para aquellos que se realizan en interiores hay una normativa que cumplir (R.D. 486/97 de lugares de trabajo) y es técnicamente más fácil poder controlarlos. Pero no ocurre lo mismo con los trabajos que se realizan al aire libre y en determinadas épocas del año, que se quedan más desprotegidos. En este sentido, la nueva normativa ordena y recoge la protección frente a fenómenos meteorológicos adversos para los trabajos al aire libre o en locales que no puedan quedar cerrados.
El Real Decreto-ley 4/2023 modifica el citado Real Decreto 486 de Lugares de trabajo, y prevé la prohibición de desarrollar determinadas tareas durante las horas del día en las que las condiciones ambientales especialmente adversas no permitan aplicar medidas que garanticen la protección de los trabajadores/as, resultando obligatoria la adaptación de las condiciones de trabajo, incluida la reducción o modificación de las horas de trabajo cuando la Agencia Estatal de Meteorología emita aviso de fenómenos de nivel naranja o rojo y las medidas preventivas no garanticen la suficiente protección.
En los últimos años estamos asistiendo a periodos de altas temperaturas más frecuentes, má sintensas y con más duración. Y, dada la climatología de nuestro país, es necesario que se incluya en el plan preventivo de las empresas la prevención del estrés térmico por calor para los trabajos que se realicen al aire libre. Dicho plan tiene que estar preparado con anticipación, antes de la temporada veraniega.
¿Qué deben hacer las empresas para gestionar de manera correcta el riesgo de calor en el trabajo?
La Ley de Prevención de Riesgos Laborales obliga al empresario a “garantizar la seguridad y la salud de sus trabajadores”. Por tanto, cualquier exposición a estrés térmico ha de ser parte del plan deprevención, contemplándose incluso la posibilidad de interrumpir la actividad si esta supone una exposición a un riesgo grave e inminente. Las empresas se deben anticipar y, con la participación de los delegados, deben:
1. Identificar y evaluar los puestos de trabajo y tareas con riesgo de exposición a altas temperaturas.
2. Planificar las medidas preventivas.
3. Formar e informar a los trabajadores sobre el riesgo y las medidas adoptadas.
4. Incorporar medidas organizativas y técnicas para reducir la exposición: rotación,disminución de la carga de trabajo, redistribución de jornada, descansos, pausas, suministrar agua y otras bebidas frescas no alcohólicas, no trabajar en solitario, etc.
5. Proporcionar ropa adecuada, ligera, no voluminosa y que no dificulte los movimientos, proteger la cabeza y proporcionar cremas de protección solar.
6. Establecer y planificar la vigilancia de la salud y los primeros auxilios.
7. Enseñar a reconocer los primeros síntomas de un golpe de calor.
8. En caso necesario, considerar la paralización del trabajo por riesgo grave e inminente y denunciar ante Inspección de Trabajo
9. Contar con la participación de los trabajadores y trabajadoras y/o de sus representantes en la gestión del riesgo.
¿Cómo actuar ante un Golpe de Calor?
Un cuerpo funciona con normalidad si su temperatura interior se mantiene en torno a los 37º C. Si supera los 38ºC pueden manifestarse problemas de salud y si se llegan a superar los 40,5ºC estamos ante un peligro de muerte. Por lo tanto, si observamos en un compañero/a:
• Temperatura corporal por encima de los 40,6 °C
• Taquicardia y respiración rápida.
• Convulsiones, cefalea, náuseas y vómitos.
• Piel seca/caliente con ausencia de sudoración.
• Confusión, pérdida de consciencia y pupilas dilatadas
¡Estamos ante un golpe de calor! y hay que actuar rápidamente:
1. Colocar en una zona a la sombra y si es posible en un ambiente frío.
2. Desvestir y dar duchas con agua fría.
3. Cubrir el cuerpo con toallas húmedas e intentar que la temperatura del cuerpo disminuya.
4. Si está consciente, dar agua fría para beber, y si está inconsciente, colocar en posición lateral de seguridad.
5. Contactar con el 112 y procurar trasladar al hospital al afectado lo más pronto posible.
Las causas del estrés térmico pueden ser fácilmente reconocibles, por lo tanto con una correcta formación e información a los trabajadores sobre este tema, junto con una correcta prevención por parte de la empresa, se podrá prevenir y detectar cualquier situación inesperada que pueda presentarse en el trabajo y evitar así que se produzcan daños a la salud.
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